La Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó a la Alcaldía Cuauhtémoc facultades plenas para que ésta continúe con el cuidado, mantenimiento y preservación del monumento del Ángel de la Independencia así como todas aquellas actividades que se requieran con lo que resolvió como ilegal la entrega, en su momento, al Gobierno Central.
Esta resolución de la SCJN se da luego de que admitió a trámite la controversia constitucional 456/2023, presentada por la Alcaldesa, Sandra Cuevas, en la que se impugna la ilegal entrega del Ángel de la Independencia por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al Gobierno de la Ciudad de México.
La Corte tuvo como autoridades demandas al Poder Ejecutivo Federal así como al Poder Ejecutivo de la Ciudad de México.
La entrega realizada por las autoridades federales (SHCP) al Gobierno de la Ciudad de México se hizo sin cumplir con las formalidades que exige la Ley General de Bienes Nacionales y sin considerar que la posesión corresponde a la Alcaldía Cuauhtémoc, quien ha acreditado que por lo menos desde 1998 tiene bajo su resguardo el monumento artístico más emblemático del país.
Es importante señalar que tanto la Constitución Política de la Ciudad de México como la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México, les otorgan facultades coordinadas a las personas titulares de las alcaldías para participar en el mantenimiento de los monumentos que sean de propiedad federal, que se encuentren dentro de su demarcación territorial.
Con acciones como ésta se hace valer el estado de Derecho y se hace efectiva la división de poderes.
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