Con 82 votos a favor, el Pleno del Senado de la República avaló el dictamen por el que los patrones están obligados a proveer de asientos o sillas, con respaldos suficientes, a las personas trabajadoras de los sectores de servicios, comercio y análogos, tanto para la ejecución de sus funciones como para el descanso periódico durante la jornada laboral.
El proyecto, que modifica la Ley Federal del Trabajo, plantea que dicha condición sólo podrá limitarse cuando la naturaleza del trabajo implique riesgos a la seguridad e integridad de las personas trabajadoras, derivados de tomar asiento durante el desarrollo de la función laboral.
Además, prohíbe obligar a los y las trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de su jornada y, en el caso de funciones incompatibles, prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
En ese sentido, propone definir un reglamento interior de trabajo en donde se estipulen periodos obligatorios
de reposo durante la jornada y normas que regulen el derecho de las y los trabajadores para usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral.
También plantea que el incumplimiento de dicha obligación se sancione con una multa que va de 250 a dos mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización, y que en caso de reincidencia y a juicio de la Inspección Laboral, se pueda ordenar la suspensión temporal de las actividades.
El proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, fue remitido a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
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