El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer este fin de semana sobre el avance del proyecto de resolución de la magistrada Janine Otálora, que declara infundado el reclamo de Samuel García Sepúlveda sobre la designación de Luis Enrique Orozco como gobernador interino de Nuevo León, realizada por el Congreso local el pasado 29 de noviembre.
De acuerdo con el texto, la designación hecha por el Congreso local se realizó conforme a lo ordenado por el TEPJF, que dispuso que el legislativo efectuara el nombramiento de acuerdo con los artículos 118 y 122 de la Constitución del estado de Nuevo León, para lo que debía “generar los consensos necesarios”.
Otálora señala que “la formulación de los consensos necesarios para llevar a cabo la designación en modo alguno puede interpretarse en el sentido de que debe existir unanimidad en la votación para la designación de la gubernatura interina, porque ello implicaría establecer una votación calificada que no se encuentra exigida por la Constitución local ni por las normas que regulan el funcionamiento del Congreso local”.
Además, precisa que tampoco puede exigirse que el nombramiento “cumpla con otros principios o estándares” expresados por los magistrados en sus votos razonados y concurrentes, es decir, que se tratara de un integrante de Movimiento Ciudadano (MC) o del grupo político de García, ya que el Congreso solo puede atender a la sentencia aprobada por unanimidad por el Pleno de la Sala Superior.
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