El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó ayer la reforma aprobada por el Congreso de la Unión de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en la cual se prevén sanciones de tres meses a siete años de prisión, así como multas de 8 mil 960 pesos y hasta de 44 mil 800 pesos a quienes tomen casetas de peaje con fines de lucro.
“A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, dice el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
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